Decreto N° 51/2021
Adhesión a Decreto Provincial N° 808/21 sobre medidas de prevención y contención de la pandemia de COVID-19.
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DECRETO N° 51/21 Conscripto Bernardi, 26 de abril de 2.021
VISTO: El decreto Provincial N° 808 GOB emitido el 23 de abril de 2021 que cimienta sus fundamentos en el DNU Nacional N° 235/21 y su modificatorio N° 241, y el Decreto N° 747 de la Provincia y CONSIDERANDO: Que a través de los mismos, se establecen una serie de medidas generales de prevención y disposiciones locales, todas focalizadas en la contención de la propagación del virus SARS-COV-2. Que entre los considerandos del último decreto provincial N° 808 se valora el incremento de casos positivos, lo que impacta directamente en el sistema sanitario, lo que se refleja en el aumento de ocupación de camas de terapia intensiva, resultando de ello la consecuente derivación para las intervenciones por COVID 19. Que ello no es ajeno a nuestra comunidad, habiendo incluso en el Departamento Federal aumentado los casos de contagio, por lo que se deben seguir tomando medidas como las del Decreto referenciado, teniendo en cuenta que se dictan para preservar la salud de la población, evitar los saturación de los sistemas de salud. Que estos análisis, tienen respaldo en el COES Provincial, quien ha venido monitoreando y siguiendo el avance de la pandemia en el territorio provincial, dictando en consecuencia los documentos pertinentes. Que por todo ello, este Ejecutivo Municipal entiende acertadas las medidas dispuestas por el Ejecutivo Provincial, en el marco de la contención de la pandemia y por ende, resuelve por el presente la adhesión a las medidas allí tomadas en el territorio de competencia municipal. POR ELLO LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE CONSCRIPTO BERNARDI EN USO DE SUS FACULTADES DE LEY ORGANICA DE MUNICIPIOS Y DEMAS NORMATIVA APLICABLE DECRETA: ARTÍCULO 1º: ADHERIR al Decreto Provincial N° 808 del 23 de abril del presente año en todo su contenido, formando parte del presente y por el tiempo allí dispuesto (3 de mayo de 2021). ARTÍCULO 2º: El presente Decreto se dicta ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante y es suscripto por la Secretaria de Gobierno y Economía, Sra. Celia Machado-. ARTÍCULO 3º Comuníquese, publíquese, elévese y archívese.