Decreto23/2022

Otorga un incremento salarial del veintiuno por ciento (21%) sobre los haberes de febrero de 2022, aplicable a partir de marzo de 2022 al personal de planta permanente y contratados de servicio.

VigenteDecreto
Fecha de Sanción31/03/2022
Organismo EmisorDepartamento Ejecutivo Municipal
Etiquetasincremento salarialsalariospersonal municipalhaberesmarzo 2022escala salarial
Texto Completo

Conscripto Bernardi

Municipio de Conscripto Bernardi Av. Pancho Ramírez 286 Tel. 03454-491015/25/88 E-mail: municbernardi@gmail.com 3188-Conscripto Bernardi - Entre Ríos

DECRETO N° 23/22 Conscripto Bernardi, 31 de marzo de 2022

VISTO:

El incremento salarial previsto por la provincia para ser aplicado en marzo del corriente año, mediante el Decreto 746/22 MEHF, y.

CONSIDERANDO:

Que en el marco de las negociaciones colectivas, de conformidad con lo previsto en las Leyes N° 9.755 y N° 9.811, se ha analizado y propuesto medidas de políticas salariales, a aplicar a las remuneraciones de los trabajadores del estado para el presente año.

Que en el marco paritario el Poder Ejecutivo provincial realizó una propuesta que implica incrementos porcentuales por los meses de marzo, junio, agosto y septiembre del corriente, los que se aplicarán oportunamente, confeccionándose la norma respectiva para los sucesivos incrementos en los meses citados.

Que con el objetivo de mantener el poder adquisitivo del salario, se ha resuelto aplicar el incremento, sobre los haberes de febrero 2022, del veintiuno por ciento (21%), a liquidarse con los haberes de marzo 2022.

Que habiendo analizado la proyección presupuestaria y financiera, es factible otorgar el incremento detallado.

Que este Municipio cuenta con escala salarial propia establecida mediante Ordenanzas N° 18/08 N° 34/14.

Que ante la necesidad de otorgar el incremento provisorio se hace necesario dictar la norma legal respectiva.

POR ELLO:

LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE CONSCRIPTO BERNARDI EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LEY 10027 MODIF. POR LEY 10082

DECRETA:

Artículo 1°: Otórguese un incremento aplicable sobre los haberes correspondientes al mes de febrero de 2022, del veintiuno por ciento (21%), a partir de marzo 2022, al personal de planta permanente y a los contratados de servicio no equiparados a una categoría de los escalafones, con los haberes de marzo 2022.

Artículo 2°: Establézcase a partir de marzo de 2022, como haber mínimo neto de asignaciones familiares y de descuentos de Ley, para los agentes del Escalafón General, un monto de PESOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($66.652,00).

Artículo 3°: Dispónese que el monto de haber mínimo incluye todos los códigos de haberes vigente, excepto asignaciones Familiares, Adicional por título y horas extraordinarias.

Artículo 4°: Aplíquese la tabla correspondiente, confeccionada a través de tesorería municipal para que se efectúe el incremento establecido, la que se detalla al pie de esta norma.

Artículo 5°: Determinar que el Área Personal, Contable y Tesorería Municipal arbitren los medios para la aplicación de la presente Norma legal.

Artículo 6°: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Economía, señora Celia Rosa Machado.

Artículo 7°: Regístrese, comuníquese, notifíquese al personal, publíquese y archívese.

CATEGORÍAHABER BASICO REMUNERATIVO Y BONIF(Cod. 001 y 005HABER REMUNERATIVO (Cod.130)DECRETO PCIAL. N° 5248/08
01$ 32.423,74$ 13.437,14$ 5.835,17
02$ 31.324,74$ 12.521,70$ 5.835,17
03$ 25.321,65$ 10.789,33$ 5.835,17
04$ 23.449,71$ 9.961,84$ 5.835,17
05$ 21.827,32$ 8.709,95$ 5.835,17
06$ 19.274,83$ 8.200,18$ 5.835,17
07$ 17.800,39$ 8.126,44$ 5.835,17
08$ 16.754,55$ 7.349,39$ 5.835,17
09$ 15.799,45$ 7.287,26$ 5.835,17
10$ 14.275,85$ 7.073,62$ 5.835,17