Decreto19/2023

Autorización de transferencia de fondos para la adquisición de un tanteador deportivo.

VigenteDecreto
Fecha de Sanción14/03/2023
Organismo EmisorDepartamento Ejecutivo Municipal
EtiquetastransferenciaMercado Pagotanteador deportivocompraadquisiciónfondosdeporte
Texto Completo

Visto:

El Decreto del Ejecutivo 13/23; y,

Considerando:

Que el mismo autoriza a realizar trasferencias a la cuenta MERCADO PAGO para la adquisición de diversos productos que ofrece la pagina Mercado Libre

Que en esta ocasión se pretende adquirir 1 (uno) TANTEADOR DEPORTIVO, para distintas actividades, con un costo de de $ 14.400,00 (pesos catorce mil cuatrocientos) más un costo de envío de $ 782,50 (pesos setecientos ochenta y dos con 50/100) y $ 91,10 (pesos noventa y uno con 10/100) de impuesto, haciendo un total de$ 15.273,60 (pesos quince mil doscientos setenta y tres con 60/100) monto que se debe transferir a la cuenta MERCADO PAGO. Que el señor Juan Wiersma, proveedor de elemento deportivo, facturará solamente el costo del mismo ($14.400) quedando el envío e impuesto sin facturar (se debe adjuntar al expediente foto de las pantallas donde se justifica lo expuesto) Que a efectos de dar curso legal a lo expresado se debe confeccionar la norma legal correspondiente.

POR ELLO LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE CONSCRIPTO BERNARDI EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LEY 10027 Y SUS MODIFICATORIAS DECRETA

ARTÍCULO 1º: Transfiérase la suma $ 15.273,60 (pesos quince mil doscientos setenta y tres con 60/100) de la cuenta corriente del municipio de Conscripto Bernardi N° 3429/8 del banco de Entre Ríos a la cuenta de MERCADO PAGO, CVU 0000003100007499594496 (Alias: curry.anafe.crin.mp) para la compra de 1 (uno) TANTEADOR DEPORTIVO.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al área contable para que efectivice la operación e impute la erogación a la partida correspondiente, como así también tómese como comprobante las pantallas impresas y se adjunten al expediente, del costo de envío ($ 782,50) e impuestos ($ 91,10).

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Economía, Sra. Celia Rosa Machado.

ARTÍCULO 3º: De forma, notifiquese, comuníquese y archívese.