Decreto138/2022

Autoriza el pago en efectivo de facturas de artistas y proveedores para el 13° Festival de la Amistad y el Reencuentro y establece su imputación presupuestaria.

VigenteDecreto
Fecha de Sanción16/12/2022
Organismo EmisorDepartamento Ejecutivo Municipal
EtiquetasFestival de la Amistad y el Reencuentropagosartistasproveedoressubsidio provincialrecursos municipaleserogacionespresupuesto
Texto Completo

Conscripto Bernardi, 16 de diciembre de 2.022

VISTO:

La realización de 13° Festival de la Amistad y el Reencuentro, que se llevara a cabo el próximo 17 de diciembre de corriente, y

CONSIDERANDO:

Que desde este DEM se han iniciado las gestiones para obtener un aporte económico no reintegrable por parte de la Provincia de Entre Ríos.

Que este aporte no reintegrable será transferido oportunamente para afrontar las erogaciones que acredite el evento, hasta tanto será afrontado con recursos municipales.

Que a su vez los artistas contratados necesitan percibir los importes pactados (que no están considerados en este aporte) por la actuación en esta fiesta, en efectivo, por lo que se deberá arbitrar los medios a través de Contaduría y Tesorería para llevar a cabo esta modalidad de pago.

Que a los efectos de afrontar los pagos con recursos propios, hasta la acreditación del aporte y provincial y realizar los mismos en efectivo se debe dictar la norma legal respectiva.

POR ELLO:

LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE CONSCRIPTO BERNARDI EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LEY 10027 Y SUS MODIFICATORIAS

DECRETA:

Artículo 1º: Afrontase el pago en efectivo las siguientes facturas de artistas y proveedores del 13° Festival de la Amistad y del Reencuentro, destínese para estas erogaciones el aporte económico no reintegrable del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y lo que no cubra este aporte será imputado a Rentas Generales.

ORDENPREVEEDORFACTURA N°IMPORTE
01Lazzarini, Lautaro Emiliano00000063$ 60.000,00
02Arrigoni, Sonia Noemi00000018$ 220.000,00
03Sindicato de Músicos de Rosario00001898$ 746.000,00
04José Tula000004763$ 400.000,00
05Grunbaum, Ignacio00000184$ 10.000,00
06Ramos, Jorge Oscar00000001$ 250.000,00
TOTAL$ 1.686.000,00

Artículo 2º: Una vez acreditado el subsidio del Gobierno Provincial gestionado, destinase a cubrir esta erogación.

Artículo 3º: Impútese la presentes erogaciones a las partidas especificas del Presupuesto vigente.

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Economía Sra. Celia Rosa Machado.

Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-